Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor sentenciador, que previo el inspección de mi personería para actuar como manager de la parte demandante. https://bookmarknap.com/story10343175/detalles-ficci%C3%B3n-y-demanda-laboral-por-acoso-laboral